Desde este 2025, es obligatorio que todos los ayuntamientos de localidades de más de 5.000 habitantes cobren la tasa de gestión de residuos. El objetivo de este impuesto, que nace de una directiva europea, es reducir los residuos, fomentar el reciclaje y avanzar hacia una economía circular.
El pasado mes de octubre, la tasa de basuras atrajo toda la atención desde que el Ayuntamiento de Madrid empezó a solicitar su abono a los propietarios de inmuebles en la capital. Los parámetros para calcular su precio los fija cada municipio, teniendo en cuenta elementos como el valor catastral de una vivienda o el nivel de generación de residuos y de reciclaje de cada barrio.
A raíz de esto, muchos propietarios e inquilinos se han preguntado a quién corresponde abonar este impuesto en el caso de una vivienda de alquiler. Desde Alquiler Seguro, queremos aclarar vuestras dudas en este sentido y explicaros cómo proceder cuando os llegue el recibo.
No está claro quién es el responsable de abonar esta tasa de nueva creación. En principio corresponde al propietario, salvo que las partes hayan acordado en el contrato de arrendamiento que se encargue el inquilino, que es quien realmente está generando residuos en una vivienda y quien decide si recicla o no.
La buena noticia es que los contratos de alquiler de las viviendas gestionadas por Alquiler Seguro establecen, en el punto 1 de la cláusula undécima, que será cuenta de la parte arrendataria “la tasa municipal por la prestación del servicio de gestión de residuos urbanos equivalente que la sustituya”. Es decir, como propietario de Alquiler Seguro tienes la posibilidad de repercutir este impuesto a tu inquilino.
¿Cómo tienes que proceder?
- Cuando recibas el recibo de la tasa de basura del ayuntamiento, abónalo. Después podrás repercutir el pago a tus inquilinos, como haces con otros gastos habituales.
- Sube el recibo al área de clientes.
- Indica el motivo y especifica la cuantía.
- Informa a tu inquilino que debe subir el comprobante cuando te haya abonado la cuantía.

